Introducción
Suelen calificarse como "neo-humeanas" las concepciones de la razón práctica que le
reconocen a ésta un papel instrumental, y sólo instrumental, en relación con las acciones
del agente, esto es, aquellas concepciones para las que el uso de la razón concierne
exclusivamente a la identificación de los medios más eficaces para conseguir los fines
que el agente se propone.1 Ahora bien, si se asume que el razonamiento práctico sólo tiene un papel instrumental,
no parece problemático sostener que proponerse fines inmorales puede ser compatible
con la excelencia o buen uso de la razón práctica y que, en determinadas situaciones,
puede ser racional -lo más racional quehacer- realizar una acción inmoral, pues ésta
puede ser el medio más eficaz para que el agente logre sus propósitos.
En "Rationality and the Human Good" (1993), Warren Quinn propuso un argumento contra las concepciones neo-humeanas de la racionalidad práctica, entendida ésta como la excelencia o virtud de la facultad de la razón práctica (p. 210), que forma parte de un argumento más general para rechazar lo que
él caracteriza como una concepción neo-humeana de el bien para un agente, cuya nota característica es su indiferencia moral.2 El argumento de Quinn contra las concepciones neo-humeanas de la racionalidad práctica
ha sido utilizado por otros filósofos en sus intentos por mostrar que, contra lo que
suponen los neo-humeanos, hay una relación estrecha entre moralidad y racionalidad.
Por ejemplo, en el contexto de su defensa de una concepción de la vida buena de corte
neo-aristotélico, Philippa Foot recurre al argumento propuesto por Quinn como un apoyo,
entre otros que ella aduce, para la tesis de que actuar moralmente supone actuar de
manera racional (Foot, 2001: pp. 62-65).
Lo que me propongo en este artículo es reconstruir el argumento de Quinn en contra
de las concepciones neo-humeanas de la racionalidad práctica y mostrar por qué es
defectuoso. No está dentro de mis propósitos examinar su argumento más general en
contra de lo que caracteriza como una concepción neo-humeana del bien para un agente;
sin embargo, cabe señalar que a) si él tiene razón en que ésta se sostiene sobre la concepción neo-humeana de la racionalidad
práctica y, por tanto, socavar a la última significa socavar también a la primera
(Quinn, 1993: p. 212); entonces, b) mostrar que sus críticas a la concepción neo-humeana de la racionalidad práctica
son defectuosas es una manera de socavar, indirectamente, la relevancia de sus críticas
a la mencionada concepción del bien.
Moralidad y buen uso de la razón práctica. La perspectiva neo-humeana
Como se ha dicho, de acuerdo con las concepciones neo-humeanas de la razón práctica,
la función de ésta es exclusivamente identificar los medios para lograr los fines
que se proponen obtener los agentes, siendo la determinación de los fines algo que,
en último término, está totalmente fuera del ámbito de la razón y que pertenece a
la parte no-cognitiva del ser humano, esto es, a su parte apetitiva.3 Así, para los neo-humeanos, la cuestión de si los fines son racionales no se plantea
y no tiene sentido hablar de fines racionales o irracionales; esto, por supuesto,
no los compromete con la tesis de que los fines no pueden ser juzgados como morales
o inmorales, sino únicamente con la tesis de que proponerse fines morales o inmorales
-como cualquier otro fin- no es un asunto de racionalidad, sino más bien de los apetitos
o del sentimiento.
Lo que motiva en último término las acciones, pues, según los neo-humeanos, son los
deseos, las preferencias, los intereses u algunos otros estados supuestamente no-cognitivos
de los agentes y la razón práctica sólo tiene la función de buscar la manera más efectiva
para lograr la satisfacción de tales estados. Distintos autores podrán dar diferentes
explicaciones acerca de cuáles son los estados no-cognitivos que constituyen la motivación
última de la acción humana (desear el placer y la ausencia de dolor, anhelar sentirnos
dichosos y realizados, querer conseguir aquello que despierta nuestro interés, etc.);
sin embargo, quienes suscriben una concepción neo-humeana de la razón práctica coincidirán
en que la única función de ésta es buscar los medios para maximizar la satisfacción
de los estados apetitivos de los agentes.
Ahora bien, a partir de una perspectiva neo-humeana se podría formular el siguiente
argumento para sostener que la perfección en el uso de la razón práctica, es decir
la excelencia o virtud de la racionalidad práctica, es compatible con la realización
de acciones moralmente malas:
-
La función de la razón práctica es únicamente buscar la manera más efectiva para lograr
los fines de los agentes o, dicho de otro modo, buscar la mejor manera de satisfacer
los deseos, las preferencias o los intereses de éstos.
-
Los fines de los agentes pueden ser o no ser inmorales. Por ejemplo, buscar el reconocimiento
o la realización profesional no es, en principio, un fin inmoral, pero proponernos
difamar a un colega del que sentimos envidia sí es inmoral. Por lo tanto:
-
Un agente puede perseguir fines inmorales y, sin embargo, actuar de acuerdo con los
dictados de una razón práctica virtuosa o excelente, que le permite identificar cuidadosamente
los medios más adecuados para lograr sus fines inmorales.
Para los neo-humeanos, en palabras de Philippa Foot, la racionalidad práctica "sería
indiferente a la vileza o incluso a la infamia de los propósitos de un agente" (2001: p. 62).4 Pero ¿es aceptable la conclusión (3)? Si la racionalidad práctica fuera realmente
compatible con la persecución de cualquier fin, incluso uno vil e infame, ¿no resultaría
contra-intuitivo atribuirle el papel central que suele reconocérsele en relación con
los asuntos de la vida práctica? En la siguiente sección examinaremos la objeción
de Quinn a esta concepción de la racionalidad práctica.
El argumento de Warren Quinn contra la concepción neo-humeana de la racionalidad práctica
Quinn intenta rechazar la concepción neo-humeana de la racionalidad práctica, por
medio de un argumento que propongo reconstruir en tres pasos. Primero, se identifican
algunas tesis fundamentales con las que supuestamente están comprometidas las concepciones
neo-humeanas de la racionalidad práctica (ver tesis i) y ii) siguientes). Segundo, se argumenta que el buen uso de la razón práctica, es decir
la excelencia o virtud de la racionalidad práctica, puede ser considerado una cualidad
del carácter de una persona (ver tesis iii), iv) y v) siguientes). Tercero, se intenta probar que a partir de lo dicho en los pasos anteriores
se llega a conclusiones inaceptables y que, por ello, hay que rechazar la concepción
neo-humeana de la racionalidad práctica (ver tesis vi) y vii) siguientes). Quinn pretende que su argumento, el cual reconstruiré en extenso en
lo que resta de esta sección, es una especie de reducción al absurdo. Según él, si
se acepta la concepción neo-humeana de la racionalidad práctica se llega a una suerte
de contradicción: que la excelencia de la racionalidad práctica es una virtud vil
o infame del carácter; por lo tanto,concluye que la concepción neo-humeana de la racionalidad
práctica es inaceptable. Veamos.
Dos tesis fundamentales de los neo-humeanos son las siguientes, según sostiene Quinn:
i) Usar bien o con perfección la razón práctica es una virtud o excelencia que consiste
única y exclusivamente en elegir los medios más adecuados para lograr la satisfacción
de los deseos y las preferencias de los agentes, por lo que dicha excelencia es compatible
con la persecución de fines viles o infames y con el uso de medios viles o infames
para conseguir fines que, incluso, pueden ser moralmente inobjetables (Quinn, 1993: pp. 210-211 y 217-220).
ii) Cuando un agente tiene que elegir o decidir qué hacer, las resoluciones a las que
llega haciendo un buen uso de su razón práctica tienen autoridad para prevalecer sobre
cualquier otra consideración -por ejemplo, las reglas de etiqueta, las costumbres,
las normas morales de su sociedad, etc.-. Esto es, el buen uso de la razón práctica
es la virtud o excelencia del ser humano, en cuanto agente, con más autoridad en los
asuntos relativos a la acción. A este respecto dice Quinn:
[L]a virtud de la racionalidad práctica [es] concebida en términos neo-humeanos como
la excelencia práctica de más autoridad [...] Decir que una excelencia tiene autoridad
sobre otra excelencia, significa que la primera tiene la aptitud de prevalecer sobre
la segunda al determinar qué es lo que un agente debería hacer -en un sentido absoluto
y no relativo [...] Cuando David Gauthier, Richard Jeffrey, Leonard J. Savage, y otros
instrumentalistas neo-humeanos (parciales o totales) escriben acerca de la racionalidad
de la preferencia y la elección, no pensamos que estén escribiendo acerca de lo que
consideran una virtud menor, semejante a la pulcritud [...] Así, en todas las exposiciones
conocidas se considera, de una u otra forma, que las resoluciones de la razón práctica
perfecta tienen autoridad normativa; y la racionalidad, como esa perfección, es considerada
como la excelencia de los seres humanos qua agentes (1993: pp. 210 y 212-213).5
Ahora bien, ya sea que se esté considerando una concepción de la racionalidad práctica
neo-humeana o de algún otro tipo (por ejemplo, una concepción aristotélica), las siguientes
tres tesis parecen ser, prima facie, correctas:
iii) Hacer un buen uso de la razón práctica (al igual que ser valiente, pulcro, prudente,
tener amor por el conocimiento, apreciar el arte, ser honesto, etc.) es una cualidad
del carácter, es decir, es uno de esos rasgos que configuran la peculiar manera de
ser y de vivir de una persona y que -junto con los demás rasgos relativamente estables
de su manera de ser y de vivir- permiten distinguirla de otras personas:
¿Qué clase de cosa es la excelencia de la racionalidad práctica, ya sea que adoptemos una versión
moralizada o amoralizada de ella? Creo que es primero y ante todo una cualidad del
carácter, entendida en un sentido amplio pero reconocible (como cuando decimos: "¿Qué
carácter tenía la mujer... cómo era ella?" "Era una esteta" o "Era muy religiosa"
o "Era una planificadora meticulosa de su carrera" o "Era una cobarde" y cosas así).
La racionalidad, no menos que el esteticismo o la valentía, es una cualidad cuya realización
le da forma al carácter personal de nuestras elecciones y de nuestras vidas (Quinn, 1993: p. 215).
iv) Las cualidades del carácter pueden ser positivas o negativas. La valentía, el aprecio
por la literatura o la honestidad, por ejemplo, son cualidades positivas del carácter,
mientras que la cobardía o la negligencia son cualidades negativas del carácter.
v) Una cualidad del carácter que sirva para orientar la vida práctica del agente y
que sea indiferente al hecho de que los fines y/o los medios de la acción sean viles,
pervertidos, ofensivos, vergonzosos, etc., será una cualidad a la que se le pueden
atribuir esos mismos defectos (Quinn, 1993: pp. 215 y 219). Quinn defiende esta tesis mediante un argumento por analogía que, a primera vista,
resulta convincente.
Supongamos que Pedro desea hacer algo vil, por ejemplo arruinar el prestigio de una
persona a la que le tiene envida, y que, yo, viendo eso, le aconsejo que siga adelante
con sus planes y le sugiero estrategias para llevarlos a cabo de la manera más exitosa
posible; en un caso así, parece incuestionable que mi indiferencia a la vileza de
los deseos de Pedro "me hace partícipe de esa vileza, me hace [...] una persona vil"
(Quinn, 1993: p. 215). De igual manera, si le aconsejo a Pedro falsificar los resultados de un experimento
como medio para obtener los fondos para realizar una investigación importante y moralmente
inobjetable en la que está interesado, no sólo cabe acusarlo a él de vileza y desvergüenza
en caso de que siga mi consejo, sino también a mí por hacer tal recomendación; como
dice Quinn: "[u] no expresa un aspecto desvergonzado del propio carácter al realizar
un acto vergonzoso, y, similarmente, un aspecto desvergonzado al recomendarlo" (1993:
p. 219). Ahora bien, ya que el buen uso de la razón práctica es una cualidad del carácter
de un agente que le aconseja u orienta respecto de los asuntos de su vida práctica,
parece razonable que si queremos evaluarla le apliquemos el mismo criterio que aplicamos
en los casos anteriores: si la racionalidad práctica a) es indiferente al hecho de que el agente se proponga fines viles, perversos o vergonzosos
e, incluso, cuando se los propone se ocupa de proporcionarle la manera más eficaz
de lograrlos; y b) puede recomendar medios viles, perversos o vergonzosos, cuando éstos son los más
adecuados para lograr propósitos que pueden ser importantes y moralmente inobjetables;
entonces, c) se le puede considerar a ella misma, es decir a la racionalidad práctica, una cualidad
del carácter vil, perversa y vergonzosa.
El argumento de Quinn parecería que pone en un aprieto a los neohumeanos. Si ellos
aceptan las cinco tesis anteriores, también tendrían que aceptar las siguientes conclusiones
contra-intuitivas:
vi) La virtud o excelencia de la racionalidad práctica es una cualidad vil o infame
del carácter [a partir de v) y i)]. Esto no será evidente en todo momento de la vida de una persona, pero estará latente
y se manifestará cuando, o bien el agente tenga un deseo o una preferencia vil o infame
-porque en ese momento la racionalidad práctica se limitará a aconsejarle sobre los
mejores medios para satisfacerlo-, o bien cuando el medio más adecuado para satisfacer
un deseo o una preferencia moralmente inobjetable sea la realización de una acción
vil o infame -porque en ese momento la racionalidad práctica aconsejará su realización.
vii) La virtud o excelencia humana que tiene que prevalecer sobre cualquiera otra al
determinar qué es lo que un agente debería hacer, es decir el buen uso de la razón
práctica, es una cualidad vil o infame del carácter [a partir de ii) y vi)].
En suma, de acuerdo con Quinn, aceptar la concepción neo-humeana de la racionalidad
práctica nos lleva a sostener que existe algo tan absurdo como una virtud o excelencia del carácter que es vil o infame y, por si esto fuera poco, que tal virtud vil o infame tiene que prevalecer sobre cualquier otra consideración al determinar qué es lo que
un agente debería hacer. Dado lo absurdo de estas afirmaciones, Quinn concluye que hay que rechazar la concepción
neo-humeana de la racionalidad práctica, es decir, aquella que la hace consistir en
una virtud o excelencia ajena a toda consideración concerniente a la bondad o maldad
de los fines que persiguen los agentes, e indiferente igualmente a la bondad o maldad
de los medios para lograr tales fines (1993: p. 216).
Pero ¿realmente es convincente el argumento de Quinn? Me parece que no, por las consideraciones
siguientes.
Objeciones al argumento de Warren Quinn
Quinn sostiene, como se vio en la tesis v) de la sección anterior, que si una cualidad del carácter es indiferente al hecho
de que el agente se proponga fines viles o infames, entonces, a dicha cualidad pueden
atribuírsele estos mismos defectos. Sin embargo, él pasa por alto que esto únicamente
es verdad cuando la cualidad del carácter que se está considerando, en este caso la
racionalidad práctica, es de tal naturaleza que puede influir sobre los fines del
agente, cosa que no aceptan los neo-humeanos. Así como la excelencia o virtud de la
facultad de la vista consiste en ver bien u óptimamente, porque ver es la actividad propia de dicha facultad (y no lo es, por ejemplo, elegir los estímulos
visuales que afectan al ojo), la excelencia o virtud de la facultad de la razón práctica
consiste, para los neo-humeanos, en identificar bien u óptimamente los medios para lograr los fines de la acción, porque identificar medios es la actividad propia de dicha facultad (y no lo es la determinación de los fines
mismos, que dependen de la voluntad y las facultades apetitivas de los agentes). Recurramos
a un argumento por analogía, tal como hizo Quinn.
Supongamos que Pedro es un empresario voraz que se propone comercializar una medicina
cuya fórmula le robó a un laboratorio farmacéutico. Para lograr su propósito hace
uso de un programa de computación cuya función es hacer cálculos para identificar
estrategias de mercado posibles; siendo éste, además, un excelente programa de computación, hace cálculos con un alto nivel de complejidad y precisión
que permiten identificar la estrategia de mercado óptima: basta con que Pedro introduzca
los datos que el programa requiere, para que éste identifique las diversas estrategias
que puede utilizar y el nivel de efectividad de cada una. En un caso así, es evidente
que no cabe sostener que la excelencia del programa de computación es una cualidad que comparte los defectos del empresario
voraz y ladrón que hace uso de ella, puesto que por su propia naturaleza tal excelencia
no puede cuestionar, valorar o modificar los propósitos de quien la utiliza. Pues
bien, la racionalidad práctica, tal como la conciben los neo-humeanos, es semejante
a la excelencia de este programa de computación, en tanto que consiste exclusivamente
en la aptitud para hacer los mejores cálculos y plantear las estrategias óptimas para
alcanzar los fines suministrados por una fuente externa a ella. Así, a la racionalidad
práctica no se le pueden atribuir los defectos que estos fines pudieran tener, puesto
que es una excelencia de una facultad cuyo poder no consiste en cuestionarlos, valorarlos
o influir sobre ellos.
Un neo-humeano podría objetarle a Quinn que, cuando él sostiene que las teorías neo-humeanas
caen en la contradicción de considerar como una excelencia o como algo bueno la racionalidad que nos conduce a fines malos o abyectos, él usa "bueno" en un sentido
no instrumental, cosa que los neo-humeanos no aceptarían jamás. Los neo-humeanos conciben
a la racionalidad práctica como una excelencia meramente instrumental, y separada
de la voluntad y los estados apetitivos de los agentes -los cuales son los únicos
que pueden suministrar los fines de la acción-. La racionalidad es "buena" para los
neo-humeanos sólo en la medida en que conduce efectivamente a los mejores medios para
obtener los fines y, por lo tanto, no hay nada contradictorio en sostener que una
buena (instrumentalmente entendida) racionalidad práctica puede conducir a lograr
malos (no instrumentalmente entendidos) propósitos. Examinemos ahora otro aspecto
de la crítica de Quinn.
En la tesis ii) de la sección anterior se dijo que Quinn les atribuye a los neo-humeanos una concepción
de la racionalidad práctica como la excelencia de más autoridad que puede poseer el
ser humano qua agente, esto es, la excelencia que "tiene la aptitud de prevalecer [sobre cualquier
otra...] al determinar qué es lo que un agente debería hacer -en un sentido absoluto
y no relativo" (Quinn, 1993: p. 212). Siguiendo esta idea, me parece, es como Quinn trata de hacer compatible su reconocimiento
del carácter instrumental que para los neo-humeanos tiene la racionalidad práctica
(p. 213), con su pretensión de que ellos tienen que admitir que, al elegir determinados
medios para alcanzar un fin, lo que en realidad se elige es un compuesto que incluye
las dos cosas: "[se elige] obtener el fin a través de esos medios" (p. 223).7 Aceptar esto último significaría, en efecto, aceptar la preeminencia absoluta de
la racionalidad en la vida práctica del agente; además, es eso precisamente lo que
explica por qué para Quinn la racionalidad práctica neo-humeana se hace acreedora
del cargo de vileza, ya no sólo porque es una excelencia compatible con la recomendación
de medios viles para alcanzar propósitos incluso moralmente inobjetables -como se
establece en la tesis v)-, sino también porque, al recomendarlo, en realidad está recomendado, como un todo,
obtener ese fin a través de medios viles: "En ese caso [...] recomendar los medios
como una forma de obtener el fin y recomendar obtener el fin a través de los medio
parece ser equivalente" (Quinn, 1993: p. 224).
Pero ¿realmente se puede atribuir a los neo-humeanos la tesis ii) interpretada en los términos anteriores? Me parece que no, porque si hay algo que
permite trazar la línea divisoria entre las teorías contemporáneas de la motivación
humeanas y las anti-humeanas es precisamente que para las primeras los estados mentales
apetitivos o conativos son la fuente última de la que provienen todos los fines posibles de la acción, mientras que para las
últimas esto no es necesariamente el caso y, al menos respecto de algunos fines, los
estados mentales racionales o cognoscitivos puede ser la fuente última. Como refiere
Gustavo Ortiz:
Si traducimos los términos que usa Hume a una terminología contemporánea, en lugar
de hablar de pasiones, hablaríamos de estados conativos, cuyos ejemplares principales
son los deseos, y en lugar de hablar de razón, hablaríamos de estados cognoscitivos,
cuyos exponentes principales son las creencias [...] En estos términos, podríamos
resumir la tesis humeana diciendo que cualquier descripción completa de la motivación
tiene que hacer referencia a creencias y deseos, pero reconociendo que la fuerza motivadora básica proviene siempre de los deseos. Las razones motivadoras para la acción son siempre dependientes de los deseos: los
deseos no dependen de otras consideraciones racionales, no son conclusiones de ningún
proceso de razonamiento práctico, sino siempre su punto de partida (2008: p. 310).8
Así, las teorías de corte humeano son incompatibles con la tesis de que al elegir
los medios la racionalidad práctica está eligiendo el compuesto fines-medios. Más
aún, estrictamente hablando ni siquiera cabe calificar como humeana la afirmación
de que la racionalidad práctica puede "elegir", "escoger", "aconsejar" o "recomendar"
los medios de la acción y, mucho menos, que puede "juzgar que el valor de un fin compensa
el costo de un medio vergonzoso y sobre esta base aconsejarlo", si con ello se quiere
dar a entender, como me parece que hace Quinn, que la racionalidad por sí sola y sin
la determinación de los estados apetitivos es quien opta por un medio en vez de otros disponibles o decide que vale más usar un medio inmoral a dar por perdido un fin valioso (1993: pp. 214,
215, 218-219). Para Hume y las teorías de corte humeano la razón es una facultad por
sí misma inerte o pasiva, esto es, una facultad que por sí sola no mueve a la voluntad,
no motiva a lograr fin alguno y tampoco puede determinar la preferencia de un medio
sobre otro (Hume, TNH: 413418; Ortiz, 2008: pp. 307-309 y 318-319). La racionalidad práctica, siendo la excelencia propia de la razón práctica, no
puede sino ser también inerte: permite identificar de manera óptima los medios posibles y más eficaces para lograr los fines que el
agente se propone, pero serán las facultades apetitivas de éste las que determinen,
en último término, utilizar uno de los medio en vez de otro (y puede darse el caso
de que un medio rechazado por el agente lo sea porque -habiéndole informado la racionalidad que es igualmente efectivo o, incluso, más efectivo que el medio
elegido- tenga, sin embargo, una cualidad moral incompatible con sus sentimientos
morales).
Sin duda, la racionalidad práctica tiene un papel imprescindible en la teoría de la
acción humeana, pero no porque al elegir los medios esté eligiendo también los fines
ni porque tenga el poder de cuestionar y rechazar fines o medios inmorales -como esperaría
Quinn- sino porque, así como la acción no puede desencadenarse si el agente no tiene
un fin que lo motive, tampoco puede hacerlo si el agente carece por completo de información
relativa a los medios que podrían permitirle alcanzar el fin. A esto se refiere Gustavo
Ortiz cuando afirma que las teorías contemporáneas de corte humeano retoman, aunque
con una terminología distinta, la idea de Hume según la cual:
La combinación de estos dos elementos de nuestra naturaleza psicológica es necesaria
para la explicación de la acción. Las pasiones dan la motivación para actuar, pero
necesitan algún tipo de información para verse satisfechas -por sí solas no son capaces
de producir acciones intencionales- y la razón, por sí sola, no nos da la motivación
para actuar, pero sirve a los deseos al proveer la información necesaria para su satisfacción
(Ortiz, 2008: p. 318).
Ésta es la forma adecuada, me parece, de dar cuenta de la importancia de la racionalidad
práctica neo-humeana y pretender ir más allá de eso, como sugiere la tesis ii) de la sección anterior al caracterizar a la racionalidad como la excelencia propia
del ser humano qua agente, equivale a rebasar el límite para seguir considerando a una teoría como heredera
de Hume.9
Conclusión
El desacuerdo fundamental entre las teorías de la racionalidad práctica de corte humeano
y las de corte anti-humeano reside en sus respectivas respuestas a la pregunta de
si la racionalidad tiene un papel meramente instrumental o, por el contrario, puede
también determinar los fines de la acción. Como hemos visto, para las teorías de corte
humeano la racionalidad es incapaz de determinar, en último término, los fines de
la acción y ni siquiera puede determinar por sí sola la preferencia de un medio sobre
otro, sino que su papel consiste únicamente en identificar de manera óptima los medios
para lograr los fines propuestos por la voluntad y los estados apetitivos de los agentes.
El fallo en el argumento de Quinn contra las concepciones neohumeanas de la racionalidad
práctica depende básicamente de que considera, equivocadamente, que la indiferencia
moral de ésta respecto de los fines y los medios es una indiferencia que cabe reprocharle,
que la hace cómplice de vileza e infamia, lo que sólo puede ser el caso si se le atribuye
a la racionalidad práctica la capacidad para determinar en último término los fines
de la acción y la preferencia de un medio sobre otros. Pero, dado que para los neo-humeanos
la racionalidad carece por sí misma de tales poderes, no cabe atribuirles, como pretende
Quinn, una paradójica concepción de la racionalidad práctica como una excelencia vil o infame del carácter. Si se quiere rebatir la concepción neo-humeana de la racionalidad práctica
hay que buscar otra vía distinta de la que él propone.